La expurgación de las comunicaciones regulatorias retira los identificadores superfluos de las notificaciones a la CNMV (conforme al TRLMV, RDL 4/2015, y al Reglamento UE 596/2014 sobre información privilegiada) y a la CNMC (Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia) para que solo figuren los campos estrictamente necesarios. anonym.plus procesa las comunicaciones localmente.
Cuándo se aplica
La transacción requiere notificación de concentración a la CNMC y comunicación de participación significativa a la CNMV. Los borradores incluyen información personal de directivos que debe minimizarse antes de su envío.
Cómo lo resuelve anonym.plus
- Cargue los borradores de notificación (PDF o DOCX) en la aplicación local.
- El motor detecta nombres de directivos, consejeros, NIF y domicilios en el cuerpo de la notificación.
- Los registros de la operación, participaciones y umbrales regulatorios se conservan íntegros.
- Revise los resultados y descarte los términos regulatorios confundidos con identificadores.
- Elimine o minimice cada identificador superfluo conforme al principio de minimización del RGPD Art. 5(1)(c).
- Exporte el borrador tratado; el original permanece en el archivo de la operación.
Qué debe aportar
- Los borradores de notificación en PDF o DOCX.
- Una acción: Eliminar el campo superfluo o Sustituir por etiqueta de función.
- Opcional: lista de campos que los reguladores exigen con información completa.
Tipos de entidades PII detectados
| Categoría | Tipo de entidad anonym.plus | Ejemplo |
|---|---|---|
| Directivo notificante | PERSON | D. Ernesto Castillo → [DIRECTIVO_NOTIFICANTE] |
| Consejero delegado | PERSON | Dña. María Blasco → [CEO] |
| NIF | ES_NIF | NIF A-28234567 → [NIF] |
| Domicilio social | LOCATION | C/ Serrano 55, 28006 Madrid → [DOMICILIO] |
| Fecha notificación | DATE_TIME | presentada el 01/06/2026 → [FECHA] |
| Expediente CNMC | NATIONAL_ID | expediente C/1234/26 → [EXP_CNMC] |
Cumplimiento logrado
- Aplica el principio de minimización del RGPD Art. 5(1)(c) a las comunicaciones regulatorias.
- Compatible con las obligaciones de notificación ante la CNMV (TRLMV) y la CNMC (Ley 15/2007).
- El Reglamento UE 596/2014 (MAR) protege la información privilegiada; el tratamiento local evita filtraciones.
- Los ficheros temporales se cifran con AES-256-GCM.
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Límites & advertencias
Los reguladores exigen ciertos identificadores de las partes notificantes. No elimine los campos requeridos por la CNMV o la CNMC; solo minimice la información superflua en los borradores de circulación interna.
Preguntas frecuentes
¿Deben incluirse identificadores personales en la notificación de concentración a la CNMC?
La CNMC exige los registros de los notificantes y representantes legales. Solo se minimizan los campos adicionales superfluos que no son requeridos por el formulario oficial de concentración.
¿El Reglamento MAR afecta a la due diligence?
Sí. El Reglamento UE 596/2014 (MAR) prohíbe usar información privilegiada. El tratamiento local de los borradores de notificación ayuda a controlar quién accede a contenido sensible de la operación antes de su anuncio público.
¿La notificación de OPA requiere anonimización?
El folleto oficial de OPA (conforme al RD 1066/2007 y al Reglamento UE 2017/1129) debe incluir los campos completos del oferente. Solo se anonimizan las versiones de revisión interna previas a su envío.