Expurgación del contrato de proveedor con anonym.plus

Comparta los acuerdos con suministradores sin exponer la información de contacto de los interlocutores.

La expurgación de los instrumentos contractuales con suministradores retira los identificadores personales de los interlocutores y signatarios para que los acuerdos puedan revisarse durante la due diligence sin infringir el RGPD Art. 28 sobre encargo del tratamiento. anonym.plus procesa los contratos localmente; las cláusulas comerciales, precios y condiciones permanecen íntegros.

Cuándo se aplica

El comprador solicita los acuerdos con contratistas estratégicos para evaluar las obligaciones adquiridas. Estos instrumentos contienen campos de contacto de responsables que no deben revelarse.

Cómo lo resuelve anonym.plus

  1. Cargue los contratos (PDF o DOCX) en la aplicación instalada en su equipo.
  2. El motor detecta nombres de signatarios, cargos nominativos, correos, teléfonos y NIF.
  3. Las cláusulas comerciales, precios, plazos y penalizaciones se conservan intactos.
  4. Revise las detecciones y excluya las denominaciones de departamentos confundidas con nombres.
  5. Sustituya cada identificador personal por una etiqueta de función o táchelo.
  6. Exporte la versión tratada; los originales permanecen en el repositorio contractual.

Qué debe aportar

Tipos de entidades PII detectados

CategoríaTipo de entidad anonym.plusEjemplo
PersonasPERSOND. Ignacio Pardo → [CONTACTO_PROVEEDOR]
Cargo nominativoPERSONDirector de operaciones → [CARGO]
CorreoEMAIL_ADDRESSi.pardo@suministrador.es → [EMAIL]
TeléfonoPHONE_NUMBER+34 93 200 34 56 → [TEL]
NIF contratistaES_NIFNIF B-08123456 → [NIF]
DomicilioLOCATIONPolígono Industrial Can Parellada, Terrassa → [LUGAR]

Cumplimiento logrado

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Límites & advertencias

Un acuerdo con un contratista único puede identificar indirectamente a su representante aunque no figure el nombre. Generalice las referencias contextuales cuando sea necesario.

Preguntas frecuentes

¿La información de contacto de un suministrador persona jurídica es personal?

Sí, si identifica a una persona física (nombre del responsable, correo personal). Los campos de la sociedad en sí no lo son, pero los de sus empleados sí quedan bajo el RGPD Art. 4(1).

¿El RGPD Art. 28 afecta a todos los acuerdos con contratistas?

Solo a los que implican encargo del tratamiento (el suministrador procesa registros en nombre del responsable). Los instrumentos puramente comerciales sin tratamiento de información personal no requieren cláusulas DPA.

¿Puede compartirse el contrato expurgado antes del cierre?

Sí. La versión sin identificadores personales puede circular libremente en el VDR para la revisión del comprador.